Tras un divorcio, uno de los mayores quebraderos de cabeza es la hipoteca de la que ambos eran titulares. Muchos piensan que si el banco saca a uno de los dos del préstamo (novación), la deuda desaparece para esa persona para siempre. Pero cuidado: no siempre es así.
El Tribunal Supremo ha dictado recientemente una sentencia (STS 1541/2025) que aclara dos puntos fundamentales:
- Cuentas pendientes: Aunque el banco te «libere» de la hipoteca para que dejes de ser deudor ante ellos, tu ex-pareja todavía podría reclamarte tu parte de la deuda de forma interna si él o ella se ha hecho cargo de los pagos.
- Vía rápida: Si no quedan más bienes que repartir (la casa era de uno solo, por ejemplo), no hace falta meterse en un largo y costoso proceso de «liquidación de gananciales». Se puede reclamar directamente en un juicio ordinario.
El caso real: Un hombre asumió toda la hipoteca para evitar que el banco subastara su casa (que era suya antes de casarse). El banco liberó a la ex-mujer de la deuda. Sin embargo, el Supremo ha confirmado que ella debe pagarle a él la mitad de lo que quedaba pendiente, porque la deuda se generó cuando estaban casados y era responsabilidad de los dos.