Mi comunidad me obliga a quitar el toldo, pero otros vecinos tienen lo mismo: ¿Qué dice la justicia?

Es una de las quejas más comunes en las reuniones de vecinos: «¡Me obligan a quitar mi armario de la terraza pero a Pepito le dejan tener un cerramiento!». Sin embargo, una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (SAP 186/2025) ha recordado una regla de oro que muchos propietarios olvidan.

El caso: Una vecina de Aranjuez instaló una estructura de lonas y toldos poco estética y convirtió una jardinera común en un armario con candado. La comunidad aprobó en junta demandarla para que lo retirara. Ella se defendió diciendo que había trato discriminatorio porque otros vecinos también tenían cosas «feas» en sus fachadas.

La clave del fallo: El acuerdo no se impugnó. El tribunal ha sido tajante: si la Junta de Propietarios vota un acuerdo (en este caso, pedirte que retires algo), tienes un plazo legal (normalmente 3 meses) para impugnarlo ante un juez.

  • Si no lo haces, el acuerdo se vuelve firme y obligatorio.
  • Ya no vale decir en el juicio que «hay abuso de derecho» o que «otros también lo hacen». Esas excusas debieron presentarse al impugnar el acta, no años después cuando ya te han demandado.

Conclusión: Si tu comunidad toma una decisión que te perjudica y crees que es injusta o discriminatoria, muévete rápido. Si dejas pasar el plazo de impugnación, habrás perdido tu oportunidad de defensa, aunque creas que tienes razón.